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Miércoles 04 de febrero de 2026

Empiezan a recibir la documentación para los subsidios a Docentes Auxiliares Integradores

Desde el 2 de febrero hasta el 30 de abril, las familias con integrantes con discapacidad escolar pueden tramitar un subsidio para apoyar el pago del Docente Auxiliar Integrador. El beneficio cubre hasta 10 meses del ciclo lectivo 2026 y se paga directamente a los docentes.

A través del Programa de Fortalecimiento a la Inclusión Educativa, impulsado por la Subsecretaría de Promoción Social, las familias que tengan integrantes con discapacidad en edad escolar y necesiten acompañamiento de un Docente Auxiliar Integrador (DAI) o Acompañantes Terapéuticos pueden iniciar los trámites para recibir un subsidio que cubra parte del pago de este apoyo.

La gestión es anual y se realiza presentando la documentación en la Mesa de Entradas del Ministerio de Familia y Desarrollo Humano, ubicado en el primer piso del Núcleo 2 del Centro Cívico, desde el lunes 2 de febrero hasta el 30 de abril, en horario de 7 a 13:30 horas.

El subsidio se otorga mensualmente por un máximo de 10 meses, abarcando desde marzo hasta diciembre, equivalente al ciclo lectivo 2026. El monto cubre parcialmente los gastos que implica la inclusión laboral según nomenclador.

Aunque la solicitud es realizada por las familias, mediante cesión formal por parte del responsable del estudiante, el pago se efectúa directamente a cada DAI, quienes pueden desempeñar hasta dos casos en turnos diferentes.

La documentación requerida incluye: nota dirigida a Carlos Platero, ministro de Familia y Desarrollo Humano, solicitando el subsidio; fotocopias del DNI y certificación negativa de ANSES del interesado y grupo familiar; recibo de sueldo del padre, madre o tutor; constancia negativa de obra social y coseguro si corresponde; Certificado Único de Discapacidad (CUD) o constancia de inicio del trámite; diagnóstico e informes médicos actualizados.

En caso de no contar con el CUD, se solicita un diagnóstico, solicitud médica especializada y informe evaluativo o evolutivo del gabinete de Educación que respalde la necesidad de derivación y acompañamiento de un DAI, todo con fecha vigente.

También se debe presentar el certificado de inscripción de la institución educativa indicando año y turno. Para el docente propuesto se exige curriculum, fotocopia del DNI, copia del título o analítico legalizado, constancia de CBU certificada por entidad bancaria (no se acepta CVU), constancia de inscripción en ARCA actualizada, certificado de antecedentes y planilla prontuarial.

Para estudiantes avanzados de carreras afines como Licenciatura en Psicopedagogía, Psicología, Ciencias de la Educación, Educación Inclusiva, Profesorado en Educación Especial, Profesorado en Educación Primaria y Nivel Inicial, debe presentarse el certificado analítico que indique al menos 80% de la carrera aprobada, emitido y legalizado, junto con la demás documentación exigida a docentes.

Una vez aprobado el perfil del DAI por el Ministerio de Educación como ente idóneo para evaluar antecedentes y certificaciones, el docente podrá iniciar sus tareas. Se permitirá un solo cambio de docente de apoyo, que podrá incorporarse hasta el 30 de junio de 2026, según la resolución N° 0236 del Ministerio de Familia y Desarrollo Humano.

El pago del subsidio se realiza directamente a los docentes mediante cesión de pago firmada por los tutores o responsables del estudiante. Si la documentación se presenta fuera del plazo, la ayuda comenzará a otorgarse desde el mes de la solicitud.

Para consultas, están disponibles los teléfonos 4-306072 y 4-306075.