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Viernes 20 de febrero de 2026

Diputados aprobó la reforma laboral y ahora el Senado tendrá la última palabra

La iniciativa impulsada por Javier Milei obtuvo 135 votos a favor y 115 votos en contra. Por las modificaciones, regresa al Senado para su sanción.

La iniciativa impulsada por Javier Milei obtuvo 135 votos a favor y 115 votos en contra. El proyecto volverá al Senado por la eliminación del artículo 44 que fijaba nuevas condiciones por el régimen de licencias por enfermedad.

Después de una caldeada sesión que duró más de 12 horas, con una jornada de paro con alto acatamiento como telón de fondo, el oficialismo logró la aprobación de la reforma laboral enviada por el Ejecutivo, que ya contaba con media sanción de la Cámara Alta. Contó con el apoyo del PRO y el respaldo de los gobernadores.

Hubo encendidos discursos, chicanas, peleas y algunas transgresiones al reglamento. A las 00.30, cuando aún faltaban los discursos de cierre de bloques, se pidió la inserción en la versión taquigráfica de los discursos y se pasó a la votación en general.

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La pantalla de la votación en general de la Ley de Modernización Laboral. (Foto Cámara de Diputados)

En la votación en particular, el título I fue aprobado con 133 a favor y 116 en contra tras la baja del artículo sobre las licencias médicas.

Hubo dudas sobre el artículo que impulsada la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL) porque desde la oposición consideraban que desfinanciaba al sistema previsional y se destinaba a financiar despidos del sector privado. Sin embargo, el título II que contenía la normativa se aprobó con 130 votos positivos, 117 en contra y 3 abstenciones.

Luego la mayoría de los títulos transcurrieron con menores objeciones. El último título, el 26, encendió de nuevo los discursos. Es el que contiene la disolución de varios estatutos, entre ellos el del Periodista profesional.

“Todo este Título es uno de los más rechazados porque ataca un fundamento como es la libertad de expresión. Es una barbaridad”, indicó la diputada Myriam Bregman. Por su parte, el diputado Esteban Paulón se alineó con la petición anterior. “Hay un ensañamiento permanente con la cultura, el periodismo y los comunicadores”, dijo. María Inés Zigarán pidió que el Título se retirara y, en caso de que no se hiciera, solicitó que se retirara el artículo 197, en el que se establece la derogación del estatuto del periodista. Pero no hubo cambios.

“Gracias por las sugerencias, pero no se aceptan las modificaciones”, fue la respuesta que reiteradamente , ante cada objeción de los legisladores en el tratamiento en particular que tuvo el diputado Almirón, como miembro informante del Poder Ejecutivo.

A las 2 de la madrugada de este viernes, se dio por terminada la maratónica sesión.

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Martín Menem condujo la sesión a los gritos, por momentos. Hubo tensión cuando el kirchnerismo pidió levantar la sesión por falta de quórum.

¿De qué se trata el artículo 44 que fue eliminado de la reforma laboral?

La única modificación que concedió el oficialismo fue la eliminación del artículo 44, que reducía los plazos de licencias pagas y el porcentaje de la remuneración que recibirían los trabajadores.

El texto que había sido aprobado en el Senado establecía que un empleado que sufriera un accidente o una enfermedad que no estuviera relacionada con su trabajo percibiría el 50% de su salario básico si fuera consecuencia de una actividad que realizó voluntariamente (por ejemplo, jugar un partido de fútbol). En cambio, recibiría el 75% si no fue consecuencia de una actividad voluntaria (por ejemplo, sufrió un accidente en la calle). Por otro lado, recibiría esta compensación durante 3 meses si el trabajador no tuviera personas legalmente a su cargo, o durante 6 meses si las tuviera.

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Fueron reiterados los reclamos al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem. Foto AFP

Cuáles son los principales puntos de la reforma laboral aprobada por Diputados

Convenios colectivos: el proyecto busca darle prioridad a los acuerdos colectivos por empresa o región, por encima de los convenios sectoriales o por rama. Además, se eliminó la ultraactividad, es decir, la prórroga automática de los convenios vencidos si no hay acuerdo para firmar un nuevo convenio.

Fondo de Asistencia Laboral: El fondo asistirá a las empresas con el pago de las indemnizaciones y estará nutrido de contribuciones mensuales obligatorias: las grandes empresas deberán aportar el 1% de las remuneraciones brutas de cada trabajador, mientras que las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) aportarán el 2,5%. Pero esos aportes patronales hoy se destinan a mantener el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), por lo que la medida podría impactar en el financiamiento de las jubilaciones

Vacaciones: el proyecto habilita el fraccionamiento de las vacaciones, siempre que cada tramo no sea menor a siete días corridos. Los períodos de descanso deberán concederse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente. No obstante, empleadores y empleados podrán, de común acuerdo, fijar la fecha de inicio fuera de ese período. La notificación escrita al trabajador deberá realizarse con al menos 30 días de antelación, salvo que un convenio colectivo disponga otro plazo.

Indemnizaciones por despido: el proyecto mantiene el criterio de un mes de sueldo por año de servicio o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los últimos doce meses. Pero a diferencia de la normativa vigente, se excluyen del cálculo conceptos no mensuales, como el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) y premios extraordinarios. El monto máximo no podrá superar tres veces el salario promedio previsto en el convenio colectivo correspondiente y no podrá ser menor al 67% de la remuneración mensual habitual, ni inferior a un mes de sueldo. Si el trabajador no está amparado por un convenio, se aplicará el tope más favorable del establecimiento. También se contempla el pago en cuotas de las indemnizaciones fijadas por sentencia judicial: hasta seis cuotas mensuales para grandes empresas y hasta doce para micro, pequeñas y medianas empresas, ajustadas por inflación más un 3% de interés anual.

Además, el proyecto establece que la indemnización será la única reparación por despido sin causa y fija un nuevo esquema de actualización de créditos laborales que contempla el IPC más un 3% anual.

Banco de horas: se permite que el empleador y el trabajador acuerden por escrito la compensación de horas extraordinarias, con un límite de 12 horas por jornada y respetando las 12 horas de descanso. El acuerdo puede prever el uso de horas extra, banco de horas o francos compensatorios y debe respetar los descansos mínimos legales, garantizando la protección de la salud del trabajador. También es posible que estos acuerdos se celebren con la representación sindical. El sistema habilita a compensar jornadas más extensas en algunos días con otras más breves, siempre que no se exceda el máximo semanal legal o el que establezca el convenio colectivo. En materia de jornada reducida, la reforma dispone que solo podrá implementarse si así lo prevén leyes, contratos individuales, convenios colectivos o acuerdos firmados con la representación sindical. Estos instrumentos pueden establecer el cómputo de la jornada máxima sobre promedios, siempre que los descansos legales sean respetados.

Trabajadores de plataforma: se crea la figura del repartidor independiente y se habilita la libertad de formas de contrato. Específicamente se establece que ese vínculo no constituye una relación laboral, sino un contrato de servicio independiente.

Derecho a huelga: los servicios declarados esenciales deberán asegurar un funcionamiento del 75% mientras que la nueva categoría de trascendentales deberán mantener una cobertura del 50%. El listado de servicios esenciales se expande para incluir más actividades, como la educación en sus tres niveles. Además, las asambleas en los lugares de trabajo deberán contar con autorización previa del empleador.

Blanqueo laboral: para regularizar la situación de los trabajadores informales se eximirá de hasta un 70% de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social. Por otro lado, el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), reducirá las cargas patronales para empleadores que registren nuevos trabajadores, con un 8% de descuento en los tributos sociales.