
Un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó este viernes la suspensión inmediata de los artículos del DNU 70/2023 que permitían la comercialización de medicamentos de venta libre en establecimientos no farmacéuticos. La medida, adoptada por los jueces Clara Do Pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio, restablece el régimen anterior que limitaba el expendio de analgésicos y antiácidos exclusivamente a farmacias habilitadas bajo supervisión profesional.
La decisión judicial responde a un recurso presentado por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmacéutica de la República Argentina (FEFARA), quienes argumentaron que la flexibilización en la venta de medicamentos representaba un riesgo para la salud pública. El tribunal consideró que el decreto mostraba "desapego del potencial riesgo sanitario" al habilitar la venta en supermercados, kioscos y droguerías sin la debida supervisión farmacéutica.
Entre los aspectos más relevantes del fallo se destaca la prohibición de que un mismo profesional farmacéutico supervise múltiples locales de venta, medida que buscaba garantizar la presencia permanente de personal calificado en cada establecimiento. La suspensión regirá hasta que se dicte sentencia definitiva en la causa, conforme lo establece la Ley 26.854.
Las entidades farmacéuticas celebraron la decisión, destacando que reafirma el carácter sanitario -y no meramente comercial- de la dispensación de medicamentos. "Vuelve al ámbito de la farmacia la responsabilidad de la compra, conservación, dispensa y consejo farmacéutico", señaló FEFARA en un comunicado.
La medida impacta directamente en productos como ibuprofeno, paracetamol y omeprazol, que si bien son de venta libre, requieren según los jueces de asesoramiento profesional para garantizar su uso adecuado. Expertos en salud pública coinciden en que la venta sin supervisión puede derivar en prácticas de automedicación riesgosas y problemas de salud prevenibles.
El fallo se enmarca en precedentes jurisprudenciales como el caso "Farmacity", donde la Corte Suprema había establecido que el expendio de medicamentos constituye una función sanitaria que no puede reducirse a una lógica comercial. Las autoridades sanitarias deberán ahora implementar los controles necesarios para garantizar el cumplimiento de la medida judicial en todo el territorio nacional.